A. OBJETO

Bregar por la defensa de los derechos e intereses individuales y colectivos de los jugadores de polo asociados y en su relación con las asociaciones y entidades vinculadas directa o indirectamente a la práctica del polo.

 
 
 

B. PATRIMONIO

1) cuotas ordinarias y extraordinarias que abonan los asociados;

2) rentas de los bienes de la AAJP;

3) donaciones, herencias, legados y subvenciones;

4) el producto de beneficios, rifas, festivales y de toda otra entrada que pueda obtener lícitamente de conformidad al carácter no lucrativo de la institución.

 
 
 

C. ASOCIADOS

Categorías:

a) Activos: deben ser mayores de 18 años y aceptados por la Comisión Directiva.

b) Honorarios : esta categoría es una mención honorífica por servicios prestados a la asociación o por determinadas condiciones personales. No tienen derecho a voto. Aceptados por Asamblea a propuestos de la Comisión Directiva o de un 20% de los asociados.


Responsabilidades:

a) abonar las contribuciones ordinarias y extraordinarias que establezca la asamblea;

b) cumplir con el Estatuto, Reglamento y las resoluciones de la Asamblea y Comisión Directiva;

c) participar con voz y voto en las asambleas y ser elegidos para integrar los órganos sociales y gozar los beneficios que otorga la entidad.


Pérdida de calidad de Asociado:

a) falta de pago de tres cuotas o de cualquier otra contribución establecida por la AAJP;

b) fallecimiento, renuncia ó expulsión.


Régimen Disciplinario:

a) amonestación;

b) suspensión, cuyo plazo máximo no podrá exceder de un año; expulsión.


Causas:

a) incumplimiento de las obligaciones impuestas por el estatuto, reglamento o resoluciones de las asambleas y de la Comisión Directiva;

b) inconducta notoria;

c) dañar voluntariamente a la asociación, provocar desórdenes graves en su seno u observar una conducta que sea notoriamente perjudicial a los intereses sociales.

   
 
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